domingo, 11 de noviembre de 2007

Derribo de un chalett en Las Pajanosas

SE CUMPLE LA SENTENCIA DE DERRIBO DE UN CHALET EN LAS PAJANOSAS.La sentencia fue dictada por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Sevilla contra el Ayuntamiento de Guillena anulando la licencia de obras concedida por este y ordenando la demolición de las obras, además de condenar al Ayuntamiento al pago de las costas del juicio.

Las obras objeto de esta condena se encuentran en la urbanización “Golf Las Pajanosas” y contaban con licencia municipal pese a los informes de los servicios técnicos municipales que alertaban sobre el incumplimiento de, al menos, tres artículos del vigente PGOU de Guillena.
La licencia de obras fue impugnada al entenderse que se cambiaban los usos del edificio, desplazamiento de linderos y edificar una segunda vivienda donde, según la normativa, solo podía construirse una.
La sentencia dice que “... la administración debe conocer con exactitud el contenido, circunstancia y características de las actuaciones que se pretendan llevar a cabo al conceder la licencia de obras”. En ese sentido se afirma “que las licencias de obras han de denegarse u otorgarse según que la actuación sea conforme o disconforme con la ordenación aplicable”. Por tanto, el Ayuntamiento debió denegar la concesión de esta licencia de obras y no autorizar las mismas en ningún caso.
Por otro lado, el TSJ, también afirma en la sentencia emitida el 26 de abril de 2.004 que “... a la vista de las normas urbanísticas y las características de la parcela, edificación existente y obra autorizada, parece un grosero intento de legitimar una edificación que en modo alguno supera la legalidad urbanística “. Más adelante dice “... ante la evidencia de las infracciones e irregularidades cometidas, resulta artificial y forzada la postura de pretender mantener la legalidad de la licencia otorgada”.
Por tanto, la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento ha sido anulada y conforme a derecho ordenado el derribo de la vivienda construida, además del pago de costas por parte del Ayuntamiento, sin que quepa recurso alguno. ¿Responsabilidades ?